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El Constitucional avala la reforma que permite a las menores de 16 y 17 abortar sin permiso de los padres

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este martes la reforma de la ley del aborto que permite interrumpir el embarazo a las jóvenes de 16 y 17 años sin consentimiento paterno, y establece los hospitales públicos como centros de referencia para esta práctica. Fuentes jurídicas han indicado que el Pleno de la corte de garantías ha aprobado el borrador de la sentencia que ha redactado la magistrada del ala progresista Laura Díez, quien defiende que la norma es constitucional.

La mayoría progresista del tribunal ha rechazado así el recurso que presentaron los diputados de Vox contra la Ley 1/2023 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que modificaba la aprobada en 2010. No obstante, los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, del ala conservadora, han anunciado voto particular en contra de la decisión de la mayoría.

Los de Santiago Abascal llevaron la ley ante el Constitucional al considerar que vulnera los principios de libertad, pluralidad y legalidad, y los derechos a la vida, a la igualdad y a la libertad ideológica.

Fue en febrero de 2023 cuando el Congreso aprobó definitivamente la reforma que supuso devolver a las menores de 16 y 17 años el derecho al aborto sin necesidad de contar con permiso paterno, un aspecto sobre el que el TC no se pronunció en 2023 al resolver el recurso del PP contra la ley del 2010, porque el Gobierno de Mariano Rajoy suprimió ese artículo en 2015. La reforma también eliminó los tres días de reflexión y blindó el aborto frente a protocolos antiabortistas como el que propuso Vox en Castilla y León.

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