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El Estado tendrá que indemnizar con un millón de euros a las familias de los dos policías asesinados en el ataque talibán a la embajada de Kabul

El Estado tendrá que indemnizar con un millón de euros a las familias de los dos policías asesinados en el ataque talibán a la embajada de Kabul

La Sala, que también fija indemnizaciones para los cuatro agentes heridos, señala que las deficiencias de seguridad del edificio convertían a la sede diplomática en objetivo terrorista

El Estado deberá indemnizar con casi 1,7 millones de euros a las familias de los dos policías asesinados en el ataque yihadista a la embajada española en Kabul (Afganistán) el 11 de diciembre de 2015 y a los cuatro agentes que resultaron heridos en el atentado con cantidades que oscilan entre los 128.000 y los casi 200.000 euros. Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional al apreciar una responsabilidad patrimonial del Estado a tenor de la vulnerabilidad del edificio de la sede diplomática, que contaba con insuficientes medidas de seguridad para hacer frente a un ataque terrorista, lo que convertía a la embajada española en objetivo de un posible atentado, unas alertas que se ignoraron reiteradamente por los responsables de la legación.

En contra del criterio de la Abogacía del Estado (que consideraba excesivas las cantidades reclamadas y pidió que se desestimara la demanda), la Sección Séptima ordena indemnizar a las viudas e hijos de los dos agentes fallecidos con 1.095.193 euros en total y con otros 586.504 euros a los agentes heridos. En total, 1.681.697 euros. Y es que la Audiencia Nacional fija en 636.283 euros la indemnización a la viuda (225.991,20 euros) y dos hijos (204.458 y 205.834 euros, respectivamente) del subinspector asesinado y en 458.910 euros la indemnización para la viuda e hijo (229.000 euros en cada caso) del otro agente fallecido en el ataque terrorista. En cuanto a los heridos, las cantidades oscilan entre 128.065 y 190.869 euros y en total suman 586.504 euros.

La Sala ha tenido en cuenta los perjuicios patrimoniales y secuelas psíquicas padecidas por estas víctimas, por lo que las cantidades fijadas por ley se han complementado por los daños morales que les ha generado la "desatención de los requerimientos para mejorar la seguridad del reciento y el pesar por haber visto a familiares queridos y haber quedado los agentes supervivientes, expuestos a un peligro patente sin adoptar medidas razonables para mitigarlo".

Para los Servicios Jurídicos del Estado, el atentado terrorista fue un suceso inevitable que no se produjo por una actuación u omisión achacable al Ministerio de Defensa o al de Exteriores del Gobierno que entonces presidía Mariano Rajoy.

Pero los magistrados recuerdan en la sentencia los informes que desde 2009 -con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero- pusieron de manifiesto la vulnerabilidad de la cancillería y de la residencia de los funcionarios que trabajan en la embajada. Desde entonces, el responsable de Protección GEO en Kabul solicitó medidas urgentes de mejora de la seguridad pasiva de la embajada, haciendo hincapié en que su emplazamiento no era el idóneo para la ubicación de ambos edificios. Esas alertas sobre la inadecuación del recinto -excepto la residencia del embajador, que se encontraba en la zona de máxima seguridad- se reprodujeron en fechas próxima al atentado. Por ejemplo, en sendos informes del jefe de Equipo de Seguridad Estática, de agosto de 2014 y 2015, en los que reiteraba el riesgo de atentados y recomendaba actuaciones urgentes para reforzar la seguridad.

Para la Audiencia, esos dictámenes ponen de manifiesto "la total inadecuación del recinto que albergaba las mencionadas dependencias diplomáticas, algo que era manifiesto y había sido puesto en conocimiento de los responsables diplomáticos en reiteradas ocasiones". Una falta de idoneidad del recinto que, subrayan, "podía ser conocida por cualquier persona que supiera la ubicación de las dependencias diplomáticas españolas, que estaban rodeadas de zona urbana y sin una mínima separación de zonas de tránsito y edificios colindantes". Todas esas deficiencias de seguridad, concluye la Sala, hacían del recinto diplomático un "muy probable objetivo de ataques terroristas".

Los magistrados consideran, a la vista de esos informes, que la embajada contaba con insuficientes medidas de seguridad para repeler la acción terrorista que finalmente se produjo. Y recuerdan que inmediatamente después de producirse la explosión, el equipo de seguridad de las embajada perdió el control de la situación al carecer de elementos de seguridad adecuados para poder reaccionar con mayor efectividad y entablar una defensa ordenada.

"Es una obviedad que un ataque terrorista, por el factor sorpresa con el que se despliega la acción, y por el incierto desenlace de todo ataque armado, tiene consecuencias imprevisibles, y la muerte de los agentes no puede asegurarse que hubiera podido ser evitada de disponer el recinto de mejores medidas de seguridad. Pero lo cierto es que, de haber existido tales medidas, los escasos efectivos presentes hubieran estado en mejor disposición de defender el lugar, de no haber perdido el control de la situación por las circunstancias ya referidas, de lo que se concluye que se perdió la oportunidad de, al menos, mitigar las nefastas consecuencias del ataque terrorista, y sin duda alguna, se ocasionó a los supervivientes un daño mayor al ver que no pudieron auxiliar a sus compañeros caídos", argumenta la Audiencia.

La Sala también llama la atención sobre las deficiencias de los canales de información sobre posibles ataques, que impedían que el equipo de Seguridad de la embajada tuviese un conocimiento "inmediato y cierto "de la información transmitida por todos los eslabones de la cadena, un sistema "sumamente ineficaz" que determinó que la primera línea, el equipo de seguridad, no pudiera evaluar la amenaza de un posible ataque.

La sentencia recuerda que hubo una alerta de ataque inminente que transmitió el agregado militar francés a su homólogo en la legación española a través de un correo electrónico, "dándose la falta circunstancia de que esto ocurrió en un día festivo, y no tomó conocimiento el receptor del mensaje a tiempo de alertar al equipo de seguridad para que este valorar el riesgo y extremara las medidas de seguridad". En este caso, apunta, "no se trataba de una amenaza cualquiera" pues no se refería a la posibilidad de un ataque "en una zona indeterminada de la ciudad de Kabul". Se aludía "a un atentado contra una embajada". "La probabilidad de que esto sucediera no era baja, porque días antes, según refiere el comunicado, se había frustrado un ataque a la embajada de Rusia, y si este era el designio de los insurgentes, golpear a los representantes de las fuerzas internacionales, para expulsarlas de Afganistán, como luego se puso de manifiesto al conseguir este objetivo, era verosímil que el intento de una acción armada contra las embajadas se repitiese".

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