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En vigor el registro de viajeros y turistas bajo amenaza de denuncia si no se recogen las reclamaciones del sector en audiencia pública

Ya es oficial el nuevo registro de viajeros tras entrar en vigor el real decreto que establece las nuevas obligaciones documentales para agencias de viajes, hoteleras y alquiladoras de vehículos sin conductor, que deben cumplir sus nuevas obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas con los que mantienen actividades de hospedaje, alquiler de vehículos o organización de viajes. Una medida que cuenta con la oposición frontal del todo el sector turístico, al considerarlo un freno para sus negocios al añadir una "enorme carga burocrática", además de encarecer los precios de los viajes. servicios y los costes internos de las empresas.

Desde el día 1 deben transmitir al Ministerio de Interior todos los datos exigidos sobre sus clientes en el nuevo real decreto -nombre y apellidos, sexo, DNI, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual, teléfonos, correo electrónico, número de viajeros y relación de parentesco (en el caso de que alguno sea menor de edad) y los datos de la transacción-, una información que las patronales consideran sensibles y que su transmisión vulnera la ley de protección de datos.

Sin embargo, desde el Ministerio entienden que había que actualizar la legislación porque la normativa hasta vigente era "obsoleta" e "inservible", lo que supone dejar fuera de su ámbito de aplicación las nuevas modalidades de actividades de hospedaje, como son las viviendas turísticas de corta duración explotadas por empresas o particulares mediante el registro en portales o centrales de reserva a través de medios digitales o internet. Fuentes ministeriales han explicado que el objetivo es disponer de información "precisa e indispensable" para las fuerzas y cuerpos de seguridad, que aseguran hasta ahora han aportado 4,77 millones de datos a la aplicación 61.540 establecimientos hoteleros, 1.094 agencias de viajes, 222 plataformas digitales y 1.720 empresas de alquiler de vehículos en los dos últimos años. Con ello, se ha localizado a 18.584 personas sobre las que constaba alguna requisitoria policial y que figuraban en bases de datos de señalamientos nacionales o en el sistema de información del Espacio Schengen.

Sin embargo, esta justificación no convence a las patronales del sector, que alegan que esa recogida masiva de datos añade una carga burocrática que no pueden asumir porque, por ejemplo, el 95% de las agencias de viajes son pymes y en muchos casos con un solo empleado, con lo que deberán prorrogar tiempos de trabajo. También alertan sobre la posibilidad de que provoque cierres y un hipotético encarecimiento del precio de los viajes, por lo que han anunciado que están preparando la judicialización de esta norma "si no se atienden nuestras aportaciones en el plazo de audiencia pública. Hasta el 13 de diciembre hay tiempo. Si Interior insiste en su decisión de seguir adelante, nosotros iremos a ,los tribunales"., han explicado a LA RAZÓN fuentes de CEAV.

En el mismo sentido, los hoteleros han expresado su rechazo a la norma. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat) emprenderá acciones legales contra el real decreto que establece este registro si no se atienden sus demandas ante el impacto negativo que supondrá para el sector hotelero y para los viajeros. La patronal hotelera está trabajando ya con sus gabinetes jurídicos en la evaluación de las opciones judiciales disponibles, con el objetivo de impugnar la normativa al entender que su impacto es "desproporcionado" e "incompatible" con las directivas europeas. Cargan contra Interior porque "no se haya ofrecido soluciones ni emitido la prometida orden ministerial para aclarar su implementación" y haber ignorado todas las peticiones de diálogo y aclaración, tanto de la propia Cehat como de asociaciones turísticas internacionales, a pesar de las reiteradas advertencias sobre las graves repercusiones que tendrá este reglamento. Los hoteleros mantienen que se ven obligados a cumplir con una "normativa confusa que vulnera varias directivas europeas relacionadas con la protección de datos y los sistemas de pago".

Ante este rechazo, el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, ha defendido el nuevo registro de viajeros porque no supondrá "ninguna diferencia" para el cliente a la hora de aportar sus datos en una reserva de hospedería o alquiler de vehículos. Según ha manifestado en el Canal 24 Horas, la única novedad de este reglamento es indicar la relación de parentesco entre los viajeros, siempre en el caso de que alguno sea menor de edad. Solo habrá que comunicarlo, aunque la persona que lo comunica es la responsable de los datos. No van a tener que facilitar muchos más datos". Pérez cree que esta normativa "es una herramienta que, sin afectar a los usuarios y a los representantes del sector, va a ayudar a mantener los altos estándares de seguridad que tenemos en España. Y que no se nos olvide que es uno de los factores que también implica y sirve para que vengan cada año más turistas".

Según recoge la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la obligación de registro documental recae en las personas físicas o jurídicas que ejerzan, profesionalmente o no, actividades de hospedaje o alquiler de vehículos a motor sin conductor. En las actividades de hospedaje se incluyen hoteles, hostales, pensiones, casas de huéspedes, establecimientos de turismo rural o análogos, viviendas turísticas que estén registradas en plataformas, o análogos, ampings y zonas de estacionamiento de autocaravanas. Entre las actividades de alquiler de vehículos a motor sin conductor entran también los autotaxis y el arrendamiento de vehículos con conductor. Además, la normativa contempla en ambas actividades a los operadores turísticos que presten servicios de intermediación entre las empresas y los consumidores, y a la actividad de las plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en estas actividades a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación, siempre que ofrezcan servicios en España.

Aunque desde el Ministerio se insiste en que esta normativa no tiene "un fin recaudatorio para llenar las arcas del Estado", se ha activado un baremo de sanciones leves y graves sobre las empresas que incumplan la normativa. Se considerarán infracciones leves las irregularidades o deficiencias en la cumplimentación de los registros previstos en este real decreto y la realización de las comunicaciones obligatorias fuera del plazo establecido. El precio de la multa oscila entre los 100 y los 600 euros. Las sanciones graves incluyen la carencia de los registros documentales previstos en este real decreto y la omisión de las comunicaciones obligatorias. El precio de la infracción irá desde los 601 a los 30.000 euros.

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