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¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda? Este es el número de años estipulado

Las deudas con Hacienda representan una preocupación común para muchos contribuyentes en España, ya sean particulares, autónomos o empresas. Las deudas son un compromiso de pago entre personas, grupo, empresa o Estado. El incumplimiento de las obligaciones fiscales puede acarrear consecuencias que van desde recargos e intereses hasta embargos de bienes y cuentas bancarias. La Agencia Tributaria tiene unos mecanismos de control y recaudación determinados.

Para evitar incurrir en delitos es fundamental entender cómo nacen estas deudas, los procedimientos que se siguen para su gestión y las opciones que existen para regularizarlas antes de que las sanciones se agraven. También hay que conocer que una deuda también prescribe con el paso del tiempo. Todo lo relacionado con las deudas con la Agencia Tributaria viene recogido en el artículo 66 de la Ley General Tributaria.

En este tiempo prescribe una deuda con la Agencia Tributaria

Las deudas con Hacienda como norma general prescriben a los cuatro años. Hacienda dispone de un plazo de cuatro años para comprobar la autoliquidación de un impuesto presentado por la empresa. Este plazo también aplica para que la empresa pueda rectificar dicha autoliquidación. En total prescriben cuatro derechos:

  • El derecho para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
  • El derecho de exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
  • El derecho para obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo.
  • El derecho de devolución de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Para la comprobación de bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación, así como deducciones aplicadas o pendientes de aplicación, el plazo es de 10 años desde que se generaron y declararon. De cara a saber el momento en el que prescriben de manera exacta las deudas con el fisco es importante saber el momento en el que comenzaron. El plazo de prescripción comienza a contar desde el día siguiente a aquel en que termina el plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación correspondiente.

Este plazo se interrumpe y el cómputo de los 4 años se reinicia si Hacienda notifica cualquier actuación relacionada con su declaración. En estas notificaciones posibles se incluye el reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento o liquidación. Si no se conoce el plazo, se puede comprobar si existen deudas solicitando el certificado de estar al corriente de pago de pagos u otras obligaciones. El documento se puede solicitar de forma telemática.

Cuando la deuda prescriba, no se elimina, ya que aunque no pueden exigirte el pago, sigue existiendo. Para las deudas activas hay un proceso legal con unos determinados requisitos que permite a las personas físicas cancelar parcial o totalmente sus deudas. Esto es lo que se conoce como Ley de Segunda Oportunidad.Las deudas con Hacienda representan una preocupación común para muchos contribuyentes en España, ya sean particulares, autónomos o empresas.

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