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¿Cuánto subirá mi alquiler en 2025? este es el nuevo índice de referencia del INE

El elevado precio del alquiler es uno de los aspectos que más preocupan en España, especialmente a los jóvenes. Para las personas con menos recursos, que no pueden ser propietarias, el alquiler era la salida más sencilla. Sin embargo, la alta demanda y el continuo incremento de los precios, sobre todo en las grandes ciudades, dificultan el acceso a la vivienda mediante el alquiler. Compartir piso o quedarse más tiempo en casa de los padres son las obligadas soluciones de los padres.

Para combatir esta subida, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha lanzado una herramienta web informativa para que arrendadores y arrendatarios conozcan cuál es el precio máximo al que puede actualizarse la renta del alquiler en virtud del contrato de arrendamiento acordado.

Este instrumento se pone a disposición de los ciudadanos después de que este jueves el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicara la primera estadística que establece el porcentaje al que se incrementarán los contratos de alquiler que tengan que actualizar su renta y que hayan sido firmado tras la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la vivienda, según informa Europa Press.

¿Cómo se aplica?

De esta manera, según ha publicado el INE, el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler se situó en el 2,20% interanual el pasado mes de noviembre, por lo que los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta a partir de 2025 deberán usar ya este nuevo índice creado por el INE, que se publicará de manera mensual.

Solo afecta a los alquileres posteriores a mayo de 2023

Sin embargo, si el contrato fuera anterior a mayo de 2023, la anualidad del contrato se revalorizará usando el Índice de Precios al Consumo (IPC) o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado.

Si la revalorización se hiciera usando el IPC, el incremento en la renta del alquiler sería del 2,4%, que es el porcentaje de variación de noviembre. En cambio, si se hiciera usando el IGC, no podría subir más de un 2%, ya que se encuentra limitado a este porcentaje.

Por ello, para un contrato de alquiler de 1.000 al mes, la revalorización anual usando el IPC supondría que la renta se encareciera hasta los 1.024 euros mensuales, pero si se usara el nuevo índice elaborado por el INE, el alza sería de hasta 1.022 euros al mes, es decir, dos euros menos que si se usara el IPC.

La herramienta permite saber el aumento en función al IPC y el IRAV

La herramienta lanzada por el Ministerio de Vivienda detalla el precio máximo al que se puede actualizar la renta en el mes en curso, utilizando la fórmula de actualización que corresponde según el tipo de contrato. Así, tiene en cuenta para calcular las actualizaciones el IPC y el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, en cumplimiento de la disposición final primera de la Ley por el Derecho a la Vivienda.

La Ley refleja que, para contratos firmados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda o que contemplasen el uso del Índice de referencia de arrendamientos de vivienda elaborado por el INE, se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda será el mínimo valor entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.

De tal manera, una vez los arrendadores y arrendatarios seleccionen qué método de cálculo para la actualización recoge el contrato de arrendamiento e introduzcan el precio actual mensual del alquiler, la página web calculará el precio máximo al que puede actualizarse la renta, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

No es la primera limitación

En 2024 la actualización de las anualidades del alquiler estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% por el incremento de los precios derivados de la guerra de Ucrania. El Gobierno también aprobó más límites como respuesta a la crisis inflacionaria por la guerra de Ucrania. El Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos de arrendamiento para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está topado al 2% y nunca podrá ser inferior al 0%.

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