World News in Spanish

Un experto legal destapa los cobros ilegales más comunes en restaurantes: nunca deberían cobrarte por estos servicios

España presume de su cultura de bares. En todo el país hay unos 184.430 establecimientos, lo que se traduce en un bar por cada 175 personas. Una cifra que convierte a España en el país con mayor densidad de bares del mundo, reflejo del peso que la hostelería tiene tanto en el consumo interno como en la actividad turística.

Abrir un bar o restaurante puede ser una oportunidad de negocio muy rentable y gratificante, pero también conlleva dificultades. Por ello, el sector de la restauración busca fórmulas para mantener la rentabilidad sin perder clientela en un contexto de inflación persistente. La mayoría de los establecimientos opta por estrategias comerciales como ajustar precios o diversificar la oferta. Sin embargo, algunos locales deciden aplicar suplementos que la normativa prohíbe expresamente.

Muchos establecimientos engordan la factura con un coste extra por el cubierto. No obstante, esto no es legal, ya que se trata de un servicio inherente al hecho de sentarse a la mesa y consumir en el establecimiento, por lo que no puede facturarse como concepto adicional independiente. "Es como si te cobraran una taza, una silla o una mesa. No tiene sentido", explica el letrado Andrés Millán en su cuenta de TikTok ('Lawtips').

La transparencia en los precios es otro de los puntos críticos. La normativa obliga a que los importes mostrados en la carta incluyan el IVA y desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aseguran que no pueden cobrar el 10% adicional al precio que aparece en esta. No hacerlo supone una infracción, ya que el consumidor debe conocer el precio final antes de realizar el pedido.

En la misma línea se sitúa la expresión "precio según mercado", frecuente en marisquerías y restaurantes especializados en pescado. Aunque determinados productos fluctúan según la oferta y la demanda, el establecimiento debe informar del precio concreto antes de que el cliente confirme el pedido. La falta de esa comunicación previa puede considerarse una irregularidad.

Otro aspecto regulado es el acceso al agua del grifo. "Te tienen que dar agua del grifo gratis si la pides en todos lados por ley", asegura Millán. Por tanto, negarse a servirla o no facilitar esa opción puede derivar en sanción.

La obligación de transparencia también alcanza a la carta de bebidas. Aunque muchos bares no cuentan con una de estas cartas, el letrado asegura en su vídeo que no puede ser, ya que "todos los precios tienen que estar reflejados en alguna parte".

Asimismo, asevera que el cliente tiene derecho a acceder a una carta física si así lo quiere, sin necesidad de usar dispositivos electrónicos: "Tú no tienes por qué llevar el móvil para escanear el QR" a pesar de que estos se han generalizado.

No todos los suplementos son ilegales. El servicio en terraza, por ejemplo, puede conllevar un recargo, pero este debe ser una cantidad fija previamente informada, no un porcentaje aplicado sobre el total de la cuenta. El cobro por reserva es válido siempre que se descuente del importe final. Sin embargo, no será legal cobrar un "plus" simplemente por hacer la reserva. Asimismo, extras como añadir leche especial al café o hielo adicional pueden facturarse, siempre que el cliente conozca el precio con antelación.

Читайте на сайте