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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: este es el horario considerado trabajo nocturno en España

Dentro de la jornada laboral de un trabajador existen diferentes horarios. El turno de mañana es el que ocupa una gran mayoría de los ciudadanos, pero también existe el de tarde y el de noche. Este último implica que el trabajador recibe el conocido plus económico por nocturnidad, es decir, un extra en la nómina por realizar trabajos de noche.

Sin embargo, muchos desconocen cuál es el horario por el que se establece que un trabajador esta ejerciendo su labor en nocturnidad. Es aquí donde aparece el Estatuto de los Trabajadores, encargado de regular los derechos y deberes laborales en España, tanto de empleador como de empleado.

Aunque muchas personas trabajan en turnos rotativos o en horario de noche, no siempre existe un conocimiento preciso sobre qué se considera legalmente trabajo nocturno, qué límites tiene y cómo puede afectar a la jornada, la salud y las condiciones salariales del trabajador. Por ello, el estatuto refleja en uno de sus artículos todo acerca de ello.

El artículo 36 lo aclara

Para no dejar dudas acerca de las condiciones del trabajo nocturno, el Estatuto de los Trabajadores mediante su artículo 36 lo aclara. Y es que según queda reflejado, "se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana".

De esta forma, cualquier ciudadano que desempeñe su jornada laboral en estos horarios debe saber que tiene derecho a recibir un ingreso económico mayor gracias al plus por nocturnidad. En caso de que parte de la jornada laboral se encuentre en esta franja, la empresa deberá abonar la parte proporcional de ese plus.

No obstante, el mismo artículo establece qué es considerado un trabajador nocturno: "Aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual", dice el artículo.

Más normativas sobre la nocturnidad

Además de fijar el horario de noche, el estatuto recoge una serie de medidas a cumplir por las empresas. Por un lado, la jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un periodo de referencia de quince días.

Por su parte, la normativa prohíbe que dichos trabajadores puedan realizar horas extraordinarias, con el objetivo de evitar una sobrecarga de trabajo que pueda derivar en problemas de salud como la alteración del sueño.

¿Cuánto es el plus por nocturnidad?

Respecto a la retribución que deben recibir los trabajadores que realizan su jornada de noche, el estatuto es claro. El trabajo nocturno tendrá una retribución específica que se determinará en la negociación colectiva.

Esto implica que no existe una ley que fije el salario concreto, sino que el convenio colectivo será el encargado de fijar la cuantía o, en su caso, lo que se haya acordado en el contrato de trabajo entre la empresa y el empleado.

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