ONPE multa a Fuerza Popular con casi S/200 mil por uso indebido de recursos públicos
La ONPE sancionó a Fuerza Popular con una multa de 36 UIT (S/198.000) y con la reducción al 50% de los fondos asignados al partido por destinar dinero del Financiamiento Público Directo (FDP) para actividades no contempladas en la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).
De acuerdo con la institución, la organización destinó el financiamiento estatal a cuatro acciones que constituyen la conducta infractora. Entre ellas se encuentran gastos por capacitaciones y en intereses moratorios.
Supuestas capacitaciones en San Francisco
De acuerdo con la rendición de cuentas presentada por el partido, en abril y mayo de 2024, se destinó S/27,927.55 en gastos de pasajes para la actividad denominada "Capacitación, conferencias e intercambio académico en el Estado de California, Estados Unidos".
Fuerza Popular aseguró que se trató de una serie de capacitaciones, sin embargo, al revisar las invitaciones y programas cursados por las instituciones norteamericanas, se identificó que no hacen referencia a una capacitación o similares. Al contrario, el programa preliminar de la llamada “Visita a San Francisco, California: Capital Mundial de la Tecnología e Innovación” se observa que principalmente solo están programadas visitas protocolares a instituciones.
Además, al revisar la página web institucional de la universidad que brindó la actividad, se observa que la capacitación referida por Fuerza Popular no forma parte de su oferta educativa.
Sumado a esto, en enero del 2025, la misma organización política detalló las actividades que realizaron en dichas ocasiones y evidenciaron que nunca se trató de capacitaciones. Solo mencionaron: “visitas a universidades de renombre internacional, reunión con el Cónsul General del Perú en San Francisco, visitas a las sedes de empresas líderes en tecnología, así como visita al Capitolio de California en Sacramento”.
De acuerdo con el artículo 26 del LOP, las actividades de capacitación “son aquellas actividades de la organización política que tienen como objetivo contribuir a la capacitación técnica para la participación política de la ciudadanía y formar ciudadanos aptos e idóneos para asumir potencialmente cargos públicos”.
Por lo tanto, la ONPE fundamentó que por el solo hecho de estar en un lugar o reunirse y/o almorzar con alguien, una persona se esté capacitando de forma técnica para participar en la política a fin de asumir cargos públicos. “No es posible amparar ese sinsentido”, enfatizaron.
Fuerza Popular fue a un retiro espiritual, pero lo acreditó como capacitación
La misma lógica se aplica para el gasto de S/15,072.25 en cuota y pasajes para el programa “The Leader’s Fellowship”, un programa cristiano que incluye visitas a viñedos, catas de vino, misas, reflexiones y sesiones matutinas sobre salud pública y persecución de los cristianos.
Al revisar la páginas oficial de la institución que ofreció el programa se observa que está clasificado como “grupos de trabajo” y no como un programa académico.
En función a ello, la ONPE estableció que “el enfoque y contenido religioso-espiritual de la actividad “The Leader´s Fellowship” no es determinante para la participación política o asumir cargos públicos, considerando que, según la Constitución Política del Perú, existe libertad de conciencia y las confesiones religiosas son respetadas por igual”.
Pago de intereses moratorios
Por otro lado, se cuestionó el gasto de S/32.92 como pago de intereses moratorios. Al respecto, la ONPE enfatizó que esa morosidad se generó porque la organización no realizó de forma oportuna los pagos a las AFP y por servicio de telefonía.
Debido a esa infracción, no se puede considerar esa cifra como gastos de funcionamiento ordinario, los cuales sí están previstos en el artículo 29 de la LOP. Además, el mismo partido aseguró en un escrito de enero de 2025 que iba a devolver ese dinero, sin embargo, no lo hizo.
Pago por una maestría que terminará fuera del plazo permitido por el FDP
Finalmente, se reportó el pago de la capacitación "Maestría en Gestión Pública", por el monto de S/.100,000.00.
La casa superior de estudios precisó que el pago se hizo en su totalidad y el programa de maestría inició en noviembre de 2024 y culminará en febrero de 2027. Aquí la irregularidad reside en el plazo.
Sucede que el financiamiento solo es otorgado para gastos comprendidos en el quinquenio posterior a la elección. Es decir, solo hasta fines de 2026. La organización no puede usar ese fondo después de ello.
“Permitir que las organizaciones políticas puedan realizar pagos con el FPD por servicios futuros sin ningún límite, además de no tener asidero legal, es sumamente peligroso y debilita la competencia de fiscalización de la ONPE”, alertaron.
Teniendo en cuenta los cuatro conceptos, la ONPE considera que “existe documentación suficiente para acreditar que la OP (organización política) utilizó el FPD para fines diferentes a los señalados en la LOP, configurándose la conducta típica constitutiva de infracción”, indican.
Adicionalmente, precisaron que “no se advierten elementos jurídicos ni probatorios para afirmar que la OP actuó con dolo al utilizar el FPD para fines diferentes a los señalados en la LOP”.
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No se multó por los gastos de Fuerza Popular en asesoría legal
Por otro lado, se determinó no tomar en cuenta los gastos realizados por el partido naranja en servicios de asesoría legal con recursos del FDP durante el primer semestre de 2024.
Inicialmente, dichos desembolsos fueron considerados como un posible uso indebido de fondos públicos, pues no estaban contemplados entre los fines permitidos por la LOP, según un informe técnico de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP).
Sin embargo, la reciente Ley N.° 32254 autorizó expresamente este tipo de gastos, por lo que la ONPE determinó que no correspondía continuar con el análisis dentro del procedimiento sancionador.
Aún así resaltaron que la LOP establece que, si existe una sentencia condenatoria firme, el dinero utilizado para esos fines deberá ser devuelto. Por ello, la organización política deberá presentar documentación para regularizar su situación, trámite que será evaluado por la GSFP.
Fuerza Popular tiene 30 días para regularizar su situación
La resolución precisa que puede reducirse en 25% el monto de la sanción si se cancela antes del término para impugnar administrativamente la resolución que puso fin a la instancia y no se interpone recurso impugnativo alguno.
Además, de conformidad con el artículo 36-A de la LOP, corresponde otorgar un plazo razonable a la OP para que regularice la infracción cometida, que debe ser de 30 días hábiles.
También, la ONPE solicita al partido de Keiko Fujimori regularizar su situación en torno a los gastos por concepto de servicios de asesoría legal.