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Estas son las opciones de la Sala Constitucional ante la negativa del PPSO de nombrar magistrados suplentes

Los días pasan y la Sala Constitucional acumula decenas de expedientes sin resolver, pues no hay magistrados suplentes debido a la negativa de la fracción del Partido Pueblo Soberano (PPSO) de escogerlos de la nómina enviada por la Corte Plena.

La Sala IV debe estar conformada por siete miembros, por lo que si en este momento un magistrado propietario se incapacita o se inhibe por posibles conflictos de interés, el caso queda paralizado en ausencia de jueces sustitutos que lo reemplacen. De hecho, hay 40 expedientes en los que todos los magistrados propietarios se inhibieron.

También avanza la cuenta regresiva hacia el 31 de octubre, fecha en que se cumpliría el escenario más indeseable para la Sala y el funcionamiento jurídico del país.

Ese día, vence el nombramiento del magistrado propietario Jorge Araya García. En caso de que para ese entonces no haya suplentes, el alto tribunal caería en cierre técnico, al no poder completar el cuórum requerido para resolver reclamos de los ciudadanos sobre sus derechos constitucionales.

Ante este escenario cada vez más apremiante, diferentes juristas han propuesto posibles salidas que los magistrados podrían tomar en una situación inédita en la historia costarricense, como la calificó el presidente de la Sala Primera, Luis Guillermo Rivas, el pasado 16 de julio ante la Comisión de Nombramientos del Congreso.

Carta magna permite a Sala IV ordenar a diputados que nombren suplentes

Aunque ha circulado el discurso de que la carta magna no ofrece soluciones exactas, el abogado constitucionalista Rubén Hernández consideró que sí hay un camino claro, que la Sala IV debe seguir, establecido en el artículo 164 de la Constitución.

Dicho numeral dispone que “si vacare un puesto de magistrado suplente, la elección recaerá en uno de los dos candidatos que proponga la Corte y se efectuará en la primera sesión ordinaria o extraordinaria que celebre la Asamblea Legislativa después de recibir la comunicación correspondiente”.

Según Hernández, el tribunal constitucional puede ampararse en esta norma para ordenarles a los diputados que concreten los nueve nombramientos pendientes, a partir de la nómina de 18 candidatos que les remitió la Corte.

“Si la Sala lo dice, tienen que cumplirlo. En uno de los amparos que está resolviendo ahora contra la negativa de la presidenta de la Asamblea Legislativa (la oficialista Yara Jiménez), va a tener que decir eso y aplicar el 164″, aseveró.

Agregó que los magistrados incluso tendrían la facultad de enviar una denuncia al Ministerio Público contra los diputados que se nieguen a votar.

Según la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impone prisión de tres meses a dos años o de 20 a 60 días multa a quien incumpla una orden dictada en un amparo o habeas corpus.

Acudir a magistrados propietarios de las otras salas

El exfiscal general Francisco Dall’Anese respalda la postura de que los diputados tienen la obligación legal de escoger entre la nómina propuesta por la Corte Plena.

Dall’Anese relató a La Nación que cuando él dirigió el Ministerio Público (2003-2010), envió a la Corte Plena una nómina de candidatos a fiscal subrogante (quien sustituye al fiscal general en su ausencia), la cual le fue rechazada.

Sin embargo, él la regresó argumentando que los magistrados debían escoger entre esas opciones por ley y así lo hicieron. Afirmó que la situación actual es similar a esta, pero su propuesta es diferente a la de Hernández.

Dall’Anese sostuvo que los integrantes de las otras tres salas de la Corte Suprema de Justicia podrían asumir de forma temporal las suplencias de la Sala IV mientras se supera el bloqueo político.

No sería la primera vez que se recurre a este mecanismo excepcional, pues fue utilizado en 1993 cuando un grupo de hombres armados irrumpió en la Corte y secuestró a 19 de los 22 magistrados, junto a otros cinco funcionarios judiciales.

El exfiscal expuso que las instituciones deben actuar bajo los principios de continuidad del Estado y la continuidad del servicio público, que al paralizarse deja a muchas personas esperando, por ejemplo, que la Sala resuelva a su favor un recurso contra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para acelerar una cirugía que podría salvarles la vida.

Agregó que esta posibilidad es respaldada por el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual indica que “si no hubiere ley aplicable que regule la distribución del trabajo o la competencia entre las Salas, la Corte decidirá el punto, mediante un acuerdo que publicará en el Boletín Judicial”.

Indicó que la Sala tradicionalmente ha evitado conflictos con otros poderes de la República y por ello se habría mantenido cauta en esta coyuntura. Sin embargo, para él “esto ya está desbordando el vaso”. Incluso, calificó el bloqueo impuesto por el PPSO como un “golpe de Estado técnico”.

Utilizar magistrados suplentes de otras salas

“Yo quisiera creer que se puede llegar a una negociación entre la fracción de gobierno y las otras fracciones para nombrar a los magistrados suplentes que se requieran”, comentó el exmagistrado suplente Rodrigo Oreamuno, quien ocupó el cargo de 1983 a 1990. También fue vicepresidente de la República en la administración Figueres Olsen (1994-1998).

La propuesta que defiende Oreamuno es similar a la de Dall’Anese, aunque él consideró que la acción inmediata más factible sería que la Sala Constitucional utilizara magistrados suplentes de otras salas, en lugar de los propietarios.

“Yo no he encontrado que haya ninguna prohibición de hacerlo y, además, los magistrados suplentes de las otras salas tienen los mismos deberes de imparcialidad y de apegarse a las normas vigentes, así es que yo pienso que esa es la solución más práctica”, manifestó.

El oficialismo ha argumentado que no conoce a los aspirantes a las suplencias y que el proceso debe reiniciarse desde cero, pese a que las bancadas de oposición han planteado retomar la fase de entrevistas para que los diputados oficialistas se familiaricen con los candidatos.

En total, se han realizado 11 rondas de votación en el plenario del Congreso sin que se haya elegido a un solo suplente. El PPSO, la fracción mayoritaria con 31 diputados, ha votado en blanco en cada ocasión y, el pasado 10 de junio, impulsó una moción para devolver la nómina a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, el 15 de junio, la Corte Plena decidió remitir nuevamente la lista original al Congreso, al concluir que no existe una justificación objetiva para rechazarla.

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