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Fijan en 2029 el juicio por un despido derivado de un error de la Seguridad Social

Abc.es 
La plaza número 12 de la Sección Social del Tribunal de Instancia de Sevilla ha fijado para el 15 de marzo de 2029, o sea dentro de dos años y medio, el juicio derivado de la demanda promovida por una vecina de la Macarena contra la Seguridad Social , después de que su empresa la despidiese al no tramitar la entidad pública la incapacidad temporal que le había reconocido. Así figura en un decreto emitido el pasado 10 de septiembre por dicha instancia judicial, reflejando una vez más los prolongados tiempos de espera que lastran los procedimientos de la jurisdicción Social. La historia de este caso comienza en junio de 2022, cuando esta vecina identificada como M.I.M.G., de 52 años y representada por la abogada laboralista Cecilia Moreno, comenzó una primera incapacidad temporal o baja, afrontando en agosto de ese año la muerte de su esposo . Ya en junio de 2023, tras agotar el periodo máximo de un año previo a la prórroga, el control de su caso quedó bajo el paraguas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, una de cuyas especialistas propuso en octubre de aquel año que le fuera concedida la incapacidad permanente por problemas de salud mental, extremo que no obstante rechazaron las instancias superiores de la entidad. Fue posteriormente, después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social desestimase también su reclamación contra dicha decisión, cuando el 9 de abril de 2024 el Instituto Nacional de la Seguridad Social acordó su alta, si bien ese mismo día el asunto afrontaba un giro de 180 grados. Y es que aquella misma jornada, como ella misma relata, la doctora de cabecera de esta vecina de la Macarena proponía su nueva incapacidad temporal por incidencias en la salud mental, una decisión «confirmada» por el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social ya el 8 de julio de 2024, al «aceptar» la determinación de la médica de cabecera. «Procede iniciar un nuevo proceso de incapacidad temporal por una sola vez», con relación a los 180 días siguientes a la denegación de la incapacidad permanente, figura en efecto en una resolución de tal fecha, que refleja además tanto la denegación de la incapacidad permanente como la «nueva baja médica» instada por el Servicio Público de Salud. Ya en marzo de 2025, según el relato de la protagonista del asunto, el control de la baja fue de nuevo trasladado al Instituto Nacional de la Seguridad Social; tras lo cual en abril de ese año su empresa le habría comunicado que ella estaba de alta en la Seguridad Social «desde el 9 de abril de 2024», es decir sin que hubiese surtido efectos laborales como tal el nuevo periodo de incapacidad instado por el Servicio Público de Salud en aquella fecha y autorizado en julio de ese año por el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ello, incluso cuando ella había estado cobrando la remuneración correspondiente a su situación, según se encoge de hombros esta sevillana a la hora de narrar su historia. Y es que en el Instituto Nacional de la Seguridad Social «no tramitaron la baja», según el testimonio de la afectada, quien avisa de los demoledores efectos de esta situación, porque en agosto del año pasado, un mes después de dicha sorprendente comunicación de la empresa, la misma acordó su despido por no haberse reincorporado a su puesto de empleo el 9 de abril de 2024 con motivo de su alta. Pero es que incluso frente a las reclamaciones de la afectada, la Seguridad Social le respondía en un escrito del pasado 12 de enero, que había decidido anular su decisión previa de julio de 2024 de inicio de un nuevo proceso de incapacidad temporal por la baja médica instada por el Servicio Público de Salud ; porque no procedería que el INSS «evalué y califique su situación de incapacidad temporal por baja médica, dado que en tal fecha consta notificada resolución denegatoria de pensión de incapacidad permanente y , por tanto, se encontraba en situación de prolongación de efectos de la incapacidad temporal por baja médica de 2022, situación incompatible con la generación de una nueva baja médica ese mismo día».

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