Vino en la iglesia sí, cerveza en el parque no: las propuestas de Sanidad contra el consumo de alcohol en menores

El Gobierno presentó el pasado 30 de julio una norma que busca prevenir que los menores consuman alcohol. Las medidas que quiere implantar el Ejecutivo, plasmadas en un anteproyecto de ley, pretenden “crear un marco integral para proteger la salud de los menores y promover un consumo responsable de alcohol en la sociedad”, según el Ministerio de Sanidad. 

  • Hasta el 6 de septiembre, el texto está abierto a audiencia pública para que las principales entidades del sector, así como publicitarias o de infancia, puedan aportar sugerencias. 
  • Sanidad calcula que podrá iniciar su tramitación parlamentaria a partir de 2025, según la agencia EFE. 

Claves del anteproyecto de ley de alcohol y menores

En la publicidad, este anteproyecto pretende prohibir los mensajes negativos sobre la abstinencia o sobriedad, así como aquellos que resalten propiedades terapéuticas o que asocien el alcohol al éxito social o profesional. Además: 

  • En caso de que se apruebe, se deberán eliminar las palabras “consumo moderado” o “responsable” de los envases y anuncios a sustituirlas por advertencias, como que se prohíbe su venta a los menores.
  • La norma busca que se prohíba el patrocinio de bebidas alcohólicas en congresos o eventos similares ni en acciones formativas destinadas a profesionales de la sanidad, la enseñanza, la asistencia social o el deporte. Tampoco en páginas web, aplicaciones y redes sociales o publicaciones en cualquier formato y soporte o en artículos, ropa y calzado, deportivos o no, destinados a menores.

En espacios frecuentados por menores, como parques, centros sanitarios, centros de educación, de protección y servicios sociales, o en espacios donde se estén desarrollando espectáculos programados específicamente para ellos, los adultos tendrán prohibido beber alcohol en caso de que la norma se llegue a aprobar.

  • En estas zonas, se pretende que tampoco se permita utilizar en el mobiliario de los bares, marquesinas o estaciones de transporte el nombre comercial, denominación social, marcas o símbolos identificativos de las empresas de productos alcohólicos. Sí se permitirá cuando la publicidad esté a 200 metros lineales de los accesos a los espacios mencionados. 

Se busca que la venta de alcohol a menores sea vetada, ya sea dispensándolo o de manera ambulante, con la incorporación de mecanismos en las máquinas expendedoras capaces de comprobar la mayoría de edad.

  • En cuanto al horario, las comunidades y ayuntamientos podrían establecer restricciones que, “preferentemente”, irían desde las 22 horas hasta las 8 del día siguiente.

En los lugares de culto, sí. Tras la aprobación, se prohibiría a los menores consumir alcohol, salvo el “esporádico de pequeñas cantidades de bebidas fermentadas de baja graduación en el ámbito del culto o los servicios religiosos”. Es decir, al comulgar en las iglesias.

Fuentes

Ministerio de Sanidad

Agencia EFE

Читайте на 123ru.net